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El nuevo cálculo para la compensación por copia privada que sustituye al conocido como “canon digital” en España se opone a la directiva comunitaria sobre derechos de autor, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE).

La máxima instancia judicial comunitaria entiende que el sistema español no es el adecuado porque decide desde 2011, a instancia del PP, tras ganar las elecciones, una cantidad fija a través de los Presupuestos Generales del Estado, y no con el el tradicional canon que anteriormente se gravaba con un impuesto en la venta de CDs, grabadoras etc.

El tribunal entiende que esta nueva medida “no asegura que el coste de la compensación equitativa solo sea sufragado por los usuarios de copias privadas”. ¿Por qué? Porque no se puede deducir de antemano qué cantidad hay que aportar a los autores sin conocer cuál es el tamaño del perjuicio al que han sido expuestos.

Es decir, que el modelo más polémico, el tradicional, el antiguo, el que se dio a conocer en España, es más exacto con la magnitud del delito que el sistema implantado por el PP.

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