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Todos los trabajadores cuentan, de acuerdo a la ley, con días de descanso, como vacaciones o permisos. Además, son numerosos los empleados que disponen de los conocidos como días de "asuntos propios", jornadas dedicadas a solventar cuestiones inaplazables y de interés para el trabajador. Pero esto puede cambiar por completo y convertirse en días "recuperables". Así lo ha considerado el Tribunal Supremo: más allá de que los trabajadores tengan derecho a solicitar estas licencias, deberán reponer las horas de ausencia hasta cumplir con el total de horas anuales obligatorias.

Para cuestiones personales

Casarse, ser padre, cambiarse de domicilio... Todas estas situaciones requieren tiempo. Y los trabajadores que se encuentren en cualquiera de ellas cuentan con la posibilidad de cogerse unos días de permiso, contemplados por ley. Tras notificarlo a la empresa, el empleado puede ausentarse de su puesto y cobrar de igual manera el mes completo. En estos casos, el trabajador debe justificar la causa, entre otros, con certificados médicos en el caso de enfermedad.

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